jueves, 13 de diciembre de 2012

ESTUDIO CISNEROS X. VIOLENCIA Y ACOSO ESCOLAR

El “Estudio Cisneros X. Violencia y acoso escolar” se realiza a nivel nacional y se publica en el año 2006. Lo llevan a cabo Araceli Oñate e Iñaki Piñuel, miembros del Instituto de Innovación Educativa y Desarrollo Directivo, para la empresa Mobbing Research. Se basa en las encuestas realizadas a 24.990 alumnos, con edades comprendidas entre 8 y 18 años, pertenecientes a 1.150 aulas completas, de Primaria, Secundaria y Bachillerato. Participan en el estudio escolares de 14 Comunidades Autónomas. Se utiliza el cuestionario AVE (Acoso y Violencia Escolar, 2006), que es administrado entre el 16 de mayo y el 20 de junio de 2006, bajo la supervisión de los tutores de cada clase. El error muestral es de +/- 0.94 % para un nivel de confianza del 99.7 % y n=p=0,50.
El instrumento utilizado, (el cuestionario AVE), incorpora nueve escalas clínicas: Ansiedad, Estrés postraumático, Distimia, Disminución de la autoestima, Flashbacks, Somatización, Autoimagen negativa y Autodesprecio.
Las 14 Comunidades Autónomas, en las que se desarrolla el estudio, son: Andalucía, Aragón, Asturias, Canarias, Cantabria, Castilla la Mancha, Castilla y León, Catalunya, Extremadura, Galicia, Madrid, Murcia, Navarra y País Vasco.
Un resumen de los resultados se presenta en los siguientes gráficos.

Violencia escolar por Comunidades Autónomas (Tasa de Acoso y Violencia).

 

Respecto a las modalidades de acoso, el estudio presenta ocho categorías diferentes, cuyo porcentaje de frecuencia aparece en el gráfico siguiente.
Modalidades de acoso y frecuencia de las mismas.

 

Cuando se les pregunta a los alumnos victimas del acoso escolar, sobre el tiempo que dura el proceso de victimización, un 25 % dice que “desde siempre”, un 28 % responde que “desde todo el curso”, un 22 % lo sufre “desde hace poco, unas semanas” y un 25 % es víctima “desde hace unos meses”. Los autores del acoso aparecen en el siguiente gráfico.
Autores del acoso según los alumnos.

 
 
Al preguntar a los escolares víctimas, las razones por las que ellos creen que otros les acosan, responden como se indica a continuación.

Razones por las que los alumnos creen que otros les acosan.

RAZONES                                        CHICOS                      CHICAS
No lo se                                                17.40%                         15.20%
Porque les provoqué                             4.80 %                          2.10 %
Porque soy diferente a ellos                 5.60 %                           4.80 %
Porque soy más débil                           8.30 %                           5.00 %
Por molestarme                                  10.10 %                           9.70 %
Por gastarme una broma                      7.30 %                           5.30 %
Porque me lo merezco                         1.40 %                           0.70 %
Por envidia                                          6.70 %                           8.60 %
Por otras razones                                 9.80 %                           8.40 %

 
En relación a los comportamientos de acoso más frecuentes, el Informe Cisneros X, aporta un total de 18, cuyas frecuencias, valoradas por los alumnos, aparecen en el siguiente gráfico. El Informe ofrece por separado, los datos en Educación Primaria, en Educación Secundaria Obligatoria, en Bachillerato, y los totales. Nosotros aportamos solamente los relativos a la Educación Secundaria Obligatoria (ESO) y al Bachillerato.

Comportamientos de Acoso y violencia escolar más frecuentes en ESO y Bachillerato.
 
Respecto a los alumnos “matones” o “bully”, al preguntárseles sobre cuáles son las razones por las que acosan o maltratan a otros compañeros, responden como se expone en el gráfico siguiente.

Razones por las que dicen los alumnos “bully” que acosan a otros alumnos.

 
 
Los escolares víctimas de acoso y violencia escolar, presentan una sintomatología clínica determinada, unas secuelas psicológicas cuya frecuencia aparece se observa en lo siguiente:

Sintomatología clínica entre los alumnos víctimas.

SECUELAS PSICOLÓGICAS DE LOS ALUMNOS VÍCTIMAS

  • Sintomatología de Estrés postraumático 53,7%
  • Depresión 54,8%
  • Flashbaks 29,9 %
  • Autodesprecio 38% %
  • Disminución de la Autoestima 57,2 %
  • Ansiedad 43 %
  • Somatizaciones 55 %
  • Autoimagen Negativa 53 %
 
Concluyendo, según el Informe Cisneros X, desde la Educación Primaria a Bachiller, son víctimas de violencia y acoso escolar, uno de cada cuatro escolares, es decir, un 25 %. Un 75 % de los casos de acoso escolar, es decir, tres de cada cuatro casos, son reiterados desde bastante tiempo atrás: durante todo el curso ó desde hace unos meses.
A medida que los alumnos crecen (en edad), disminuye el riesgo de sufrir bullying, teniendo los niños de Primaria de siete y ocho años, cuatro veces más de riesgo, que los alumnos de 1º de Bachillerato. Como contrapartida, con la edad, el número de acosadores frecuentes se incrementa, y reproduce un fenómeno de habituación a la violencia, a la que muchos alumnos terminan viéndola y catalogándola como algo “sin demasiada importancia”.
Según este estudio, no hay un perfil determinante o concreto del alumno que sufre bullying. El niño acosado puede ser cualquiera. Pueden ser acosados niños absolutamente normales, felices e incluso “brillantes” académicamente, siendo además, en muchas ocasiones, puntual e insignificante el “hecho” o “motivo” que desencadena el acoso. Cualquier detalle mínimo puede hacer que un alumno agresor tome a otro alumno como “presa”.
Como dato positivo, el Informe concluye que un 75 % de los niños acosados, es decir, tres de cada cuatro víctimas, no responden con violencia al acoso. Y en un 19 % de los casos, son los propios compañeros, quienes detienen las conductas de maltrato.
 


lunes, 10 de diciembre de 2012

CIBERBULLYING A TRAVÉS DE SMARTPHONES

El Estudio sobre seguridad y privacidad en el uso de los servicios móviles por los menores españoles, elaborado por INTECO y Orange y presentado en la jornada SmartPhones y Menores: Oportunidades y Riesgos, ha revelado que el 2,5% de los menores ha sido objeto de ciberacoso a través del smartphone por parte de otros menores.

Otros datos destacados del informe son:

La edad media de inicio en la telefonía móvil por parte de los menores españoles se sitúa entre los 10 y los 12 años.

España es uno de los países donde los menores (de 10 a 16 años) afirman ver menos imágenes sexuales online: 11% frente a media europea del 14%.

También es uno de los países con menor incidencia del ciberbullying: 4%.



 
El 31% de usuarios de más de 13 años usan smartphones (teléfonos inteligentes).

El 82,3% de los menores usan su móvil para hacer y enviar fotografías.

El 4,8% de los menores encuestados reconoce que su imagen ha sido difundida por otros sin haber prestado consentimiento.

El 4,3% de los menores ha recibido imágenes sugerentes de personas de su entorno (sexting pasivo), y un 1,5% reconoce haberse hecho a sí misma/o fotografías de carácter sexy (sexting activo).
El Sexting1 activo es más practicado por chicas (2,2%) al contrario que sexting pasivo, más practicado por los chicos (5,1%).

Un 3,8% de los menores afirma que ha recibido llamadas o SMS de adultos desconocidos que querían conocerles.

El 17,8% de los menores dice haber sido objeto de perjuicio económico (estafas, fraudes, etc.) con su smartphone.

El informe destaca el espectacular avance en el uso intensivo de los servicios avanzados que ofrecen este tipo de teléfonos:
Acceso a redes sociales: del 7,1% en 2010 se ha pasado al 54,3% en 2011.

Mensajería instantánea: del 12,4% al 48,3%.
Juegos: del 51,6% al 65%.

El estudio insiste en la necesidad de informar y educar a los niños en las amenazas derivadas del uso inadecuado de los dispositivos de última generación y han ofrecido algunas recomendaciones como evitar el uso excesivo o adictivo del smartphone, que los padres establezcan normas de uso (tiempo, gasto mensual y servicios) y expliquen a los jóvenes la importancia de la privacidad y los riesgos que pueden derivar de compartir información con desconocidos.
Concienciar al joven sobre la importancia de la privacidad y la seguridad, contribuye según los autores del estudio a minimizar los riesgos y evitar posibles amenazas como el Grooming2 o el ciberbullying.

En este enlace podéis encontrar todo el estudio completo: http://www.inteco.es/Seguridad/Observatorio/Estudios/Estudio_moviles_menores


1:El sexting consiste en el envío de contenidos de tipo sexual (principalmente fotografías y/o vídeos) producidos generalmente por el propio remitente, a otras personas por medio de teléfonos móviles.
 
2:El grooming es el ciberacoso de carácter erótico a menores de edad. Es un delito preparatorio a otro de tipo sexual. Una nueva táctica de contacto de pedófilos.

LÍNEA DE AYUDA CONTRA EL ACOSO ESCOLAR






CIBERBULLYING

El acoso escolar a través de Internet ha aumentado enormemente en los últimos años. En este caso, la víctima no tiene tregua, pues el acoso no termina cuando llega a su casa. Además, la participación de terceros hace que se multiplique el número de acosadores, y puede suceder que, incluso cuando ha terminado el problema en el centro escolar, el acoso continúe en Internet.

Pero la Red también aporta 'ventajas' a las víctimas. Por una parte, aumenta el número de espectadores que la apoyan. También le proporciona herramientas para solicitar ayuda. Además, aporta una ventaja desde el punto de vista jurídico: queda constancia del acoso, que en muchos casos puede denunciarse por constituir un delito tipificado (amenazas, injurias, suplantación de identidad...).

miércoles, 5 de diciembre de 2012

LOS PROFESORES Y EDUCADORES FRENTE AL ACOSO ESCOLAR


 
 
 ACOSO A PROFESORES
 
 
 
 

TESTIMONIO REAL BULLYING


 


PROTOCOLO DE ACTUACIÓN EN SUPUESTOS DE ACOSO ESCOLAR

Paso 1. Identificación y comunicación de la situación.
Cualquier miembro de la comunidad educativa que tenga conocimiento o sospechas de una situación de acoso sobre algún alumno o alumna, tiene la obligación de comunicarlo a un profesor o profesora, al tutor o tutora, a la persona responsable de la orientación en el centro o al equipo directivo, según el caso y miembro de la comunidad educativa que tenga conocimiento de la situación. En cualquier caso, el receptor o receptora de la información siempre informará al director o directora o, en su ausencia, a un miembro del equipo directivo.

 
Paso 2. Actuaciones inmediatas.
Tras esta comunicación, se reunirá el equipo directivo con el tutor o tutora de los alumnos o alumnas afectados y la persona o personas responsables de la orientación en el centro para recopilar información, analizarla y valorar la intervención que proceda.
La realización de esta reunión deberá registrarse por escrito, especificando la información recogida y las actuaciones acordadas.
En todos los casos en que se estime que pueda existir una situación de acoso escolar se informará del inicio del protocolo de actuación al Servicio Provincial de Inspección de Educación.

 
Paso 3. Medidas de urgencia.
En caso de estimarse necesario, se adoptarán las medidas de urgencia que se requieran para proteger a la persona agredida y evitar las agresiones:
- Medidas que garanticen la inmediata seguridad del alumno o alumna acosada, así como medidas específicas de apoyo y ayuda.
- Medidas cautelares dirigidas al alumno/a acosador.

 
Paso 4. Traslado a las familias o responsables legales del alumnado.
El tutor o tutora, o la persona o personas responsables de la orientación en el centro, previo conocimiento del equipo directivo, con la debida cautela y mediante entrevista, pondrán el caso en conocimiento de las familias o responsables legales del alumnado implicado, aportando información sobre la situación y sobre las medidas adoptadas.

 
Paso 5. Traslado al resto de profesionales que atienden al alumno o alumna acosado.
El director o directora, con las debidas reservas de confidencialidad y protección de la intimidad de los menores afectados y la de sus familias o responsables legales, podrá informar de la situación al equipo docente del alumnado implicado.
Si lo estima oportuno informará también al resto del personal del centro y a otras instancias externas (sociales, sanitarias o judiciales, en función de la valoración inicial).

 
Paso 6. Recogida de información de distintas fuentes.
Una vez adoptadas las oportunas medidas de urgencia, el equipo directivo recabará la información necesaria relativa al hecho de las diversas fuentes que se relacionan a continuación:
- Recopilación de la documentación existente sobre el alumnado afectado.
- Observación sistemática de los indicadores señalados: en espacios comunes del centro, en clase, o en actividades complementarias y extraescolares.
- Asimismo, la dirección del centro solicitará al departamento de orientación o al equipo de orientación educativa que, con la colaboración de la persona que ejerce la tutoría, complete la información. Esto se hará, según el caso, observando al alumnado afectado, contrastando opiniones con otros compañeros y compañeras, hablando con el alumnado afectado o entrevistando a las familias o responsables legales del alumnado.
Si se estima conveniente, se completará la información con otras fuentes complementarias, tales como el personal de administración y servicios, o personal de los servicios sociales correspondientes.
- Una vez recogida toda la información, el director o directora del centro realizará un informe con los datos obtenidos, para lo que contrastará la información aportada por las diferentes fuentes.
En este proceso se deben considerar los siguientes aspectos:
- Garantizar la protección de los menores o las menores.
- Preservar su intimidad y la de sus familias o responsables legales.
- Actuar de manera inmediata.
- Generar un clima de confianza básica en los menores o las menores.
- Recoger todo tipo de pruebas e indicadores.
- No duplicar intervenciones y evitar dilaciones innecesarias.

 
Paso 7. Aplicación de correcciones y medidas disciplinarias.
Una vez recogida y contrastada toda la información, se procederá por parte del director o directora del centro a la adopción de correcciones a las conductas contrarias a la convivencia o de medidas disciplinarias al alumnado agresor implicado, en función de lo establecido en el plan de convivencia del centro, y, en cualquier caso, de acuerdo con lo establecido en el Capítulo III del Título V de los Decretos 327/2010 y 328/2010, ambos de 13 de julio. Estas correcciones o medidas disciplinarias se registrarán según lo establecido en el artículo 12.1 de la presente Orden.

 
Paso 8. Comunicación a la comisión de convivencia.
El director o directora del centro trasladará el informe realizado tras la recogida de información así como, en su caso, las medidas disciplinarias aplicadas, a la comisión de convivencia del centro.

 
Paso 9. Comunicación a la inspección educativa.
El equipo directivo remitirá el informe al Servicio Provincial de Inspección de Educación, sin perjuicio de la comunicación inmediata del caso, tal como se establece en el Paso 2 de este protocolo.

 
Paso 10. Medidas y actuaciones a definir.
El equipo directivo, con el asesoramiento de la persona o personas responsables de la orientación educativa en el centro, definirá un conjunto de medidas y actuaciones para cada caso concreto de acoso escolar. Asimismo, si se considera necesario, podrá contar con el asesoramiento del Gabinete Provincial de Asesoramiento sobre la Convivencia Escolar y de la inspección educativa.
Estas medidas y actuaciones se referirán, tanto a las que sean de aplicación en el centro y en el aula, como a las que sean de aplicación al alumnado en conflicto, que garanticen el tratamiento individualizado tanto de la víctima como de la persona o personas agresoras, incluyendo actuaciones específicas de sensibilización para el resto del alumnado así como para el alumnado observador. Todo ello, sin perjuicio de que se apliquen al alumnado acosador las medidas correctivas recogidas en el plan de convivencia.
Con carácter orientativo, se proponen las siguientes medidas y actuaciones para cada caso de acoso escolar:
- Actuaciones con la persona acosada: actuaciones de apoyo y protección expresa e indirecta, actividades de educación emocional y estrategias de atención y apoyo social, intervención individualizada por la persona orientadora para el aprendizaje y desarrollo de habilidades sociales, de comunicación, autoestima y asertividad y derivación, si procede, a servicios de la Consejería competente en materia de protección de menores.
- Actuaciones con el alumnado agresor: aplicación de las correcciones correspondientes estipuladas en el plan de convivencia, actuaciones educativas en el aula de convivencia del centro, en su caso, o programas y estrategias específicos de modificación de conducta y ayuda personal, y derivación, si procede, a servicios de la Consejería competente en materia de protección de menores.
- Actuaciones con los compañeros y compañeras observadores pasivos: actuaciones de desarrollo de habilidades sociales, de comunicación, emocionales y de empatía, campañas de sensibilización así como actividades de mediación y de ayuda entre iguales.
- Actuaciones con las familias: orientaciones sobre cómo ayudar a sus hijos o hijas, sean víctimas o agresores, actuaciones para una mejor coordinación y comunicación sobre el proceso socioeducativo de sus hijos o hijas, información sobre posibles apoyos externos y seguimiento de los mismos, así como establecimiento de compromisos de convivencia.
- Actuaciones con el profesorado y el personal de administración y servicios: orientaciones sobre cómo intervenir positivamente en la situación y cómo hacer el seguimiento, orientaciones sobre indicadores de detección, así como actividades de formación específica.
La dirección del centro se responsabilizará de que se lleven a cabo las medidas y actuaciones previstas, informando periódicamente a la comisión de convivencia, a las familias o responsables legales del alumnado y al inspector o inspectora de referencia del grado del cumplimiento de las mismas y de la situación escolar del alumnado implicado.

 
Paso 11. Comunicación a las familias o responsables legales del alumnado.
Se informará a las familias del alumnado implicado de las medidas y actuaciones de carácter individual, así como las medidas de carácter organizativo y preventivo propuestas para el grupo, nivel y centro educativo, observando en todo momento confidencialidad absoluta en el tratamiento del caso.

 
Paso 12. Seguimiento del caso por parte de la inspección educativa.
El inspector o inspectora de referencia realizará un seguimiento de las medidas y actuaciones definidas y aplicadas, así como de la situación escolar del alumnado implicado.


Fuente: Junta de Andalucía, Conserjería de  Educación

lunes, 3 de diciembre de 2012

Una nueva muerte tras acoso escolar reabre el debate sobre el «bullying»

Aquí os dejo una noticia que se publicó en el periódico ABC el día 14/11/2012:

El fallecimiento de una menor de Ciudad Real cuatro días despues de su intento de suicidio llega precedido por el «caso Amanda Todd»
 
 
 
 
 
 
El fallecimiento ayer de la chica de 16 años de nacionalidad ecuatoriana en Ciudad Real cuatro días después de que intentara suicidarse ha puesto de nuevo el foco en la problemática del acoso escolar. Se calcula que uno de cada cuatro estudiantes han sufrido algún tipo de acoso en las aulas. Los expertos alertan de que este fenómeno es especialmente peligroso en la edad adolescente y también puede generar graves secuelas psicológicas.
De momento, la Junta de Castilla-La Mancha ha abierto una investigación para esclarecer el caso de esta alumna, que cursaba 2º de la ESO en el IES «Maestro Juan de Ávila» de Ciudad Real, con el fin de esclarecer lo ocurrido y depurar responsabilidades «si las hubiera».
El padre de la menor se había quejado ante la dirección del IES del clima de convivencia del instituto. El caso fue analizado pero no se consideró tan alarmante, por lo que la menor no fue trasladada a otro centro y terminó quitándose la vida. El pasado viernes fue ingresada en el hospital y falleció cuatro días después.
Este terrible suceso llega poco después de que Amanda Todd, la chica canadiense de 15 años que se suicidó tras pedir ayuda a través de un vídeo en Youtube, provocara reacciones en medio mundo, incluido un cambio de legislación en Canadá.
En España el punto de inflexión sobre el «bullying» lo marcó en septiembre de 2004 Jokin, el chico de 14 años que se arrojó al vacío cerca de su casa, en Hondarribia. Llevaba un año siendo víctima de las burlas de sus compañeros de clase.